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Reclamaciones en contra de aseguradoras


Muchas personas sostienen que el negocio de las aseguradoras consiste en no pagar. En muchos casos, niegan el pago de indemnizaciones o ponen trabas por razones que parecen ser incomprensibles. Sin embargo, en otros casos, solo protegen su patrimonio frente a solicitudes que dejan muchas dudas sobre su fidelidad y legalidad.

Sin embargo, con la asesoría jurídica correspondiente, es posible adelantar exitosamente un proceso de reclamación ante una aseguradora o, incluso, desistir de reclamaciones que no tienen fundamento por la existencia de prescripción, ausencia evidente de cobertura u otras razones que la hacen inviable.

En este escrito, le explicamos 7 hechos que usted debe conocer y tener en cuenta, a la hora de adelantar una reclamación ante una aseguradora.

1. Usted debe saber qué contrato de seguro lo beneficia

Usted debe conocer cuál es el contrato de seguro que lo beneficia y con base en el que va a fundamentar su reclamación.  Por ejemplo, en el caso de accidentes de tránsito, usted debe saber si el responsable del accidente contaba con una o varias pólizas de responsabilidad civil que lo puedan beneficiar. Esto lo puede preguntar directamente al momento de la ocurrencia del accidente.

Usted puede averiguar si un seguro de responsabilidad civil, seguro de vida o seguros de bienes comunes lo beneficia a través de la página www.rus.com.co. En esta página, le indicarán si existe una póliza durante una determinada vigencia y qué aseguradora la expidió.

Para obtener esta información, usted debe diligenciar el formulario propuesto, enviar la solicitud y esperar la respuesta por alrededor de quince días hábiles.

En todo caso, es conveniente saber el número de la póliza, la aseguradora que la expidió y contar, al menos,  con la carátula.

2. ¿Cómo obtener  la póliza?

Es conveniente tener la póliza en su poder antes de iniciar acciones legales, con el fin de conocer hasta qué punto llega la responsabilidad de la aseguradora o si existen condiciones que reducen la cantidad de dinero que usted puede llegar a recibir como indemnización.

Esto no siempre es posible, pues, en ciertos casos,  las aseguradoras se niegan a  entregar las pólizas, y es necesario, por el apremio del tiempo, reclamar e, incluso, demandar sin conocer con certeza  cuáles son las condiciones generales y particulares del contrato de seguro. Sin embargo, en la mayoría de los casos, es conveniente conocer y estudiar la póliza, para poder saber sobre qué puntos podrá haber discusión y evaluar la viabilidad de la reclamación.

La póliza se puede obtener mediante la presentación de un derecho de petición ante la aseguradora, en la mayoría de los casos. En nuestro blog, escribimos un artículo con los 4 puntos relevantes que debe conocer sobre el derecho a obtener copia de la póliza. Puede consultarlo en este enlace.

Una vez obtenida la póliza, se debe revisar, con el fin de determinar hasta dónde llega la responsabilidad de la compañía, las fechas límites para reclamar para que haya cobertura, la posible aplicación de una exclusión y demás condiciones generales y particulares que delimitan las obligaciones asumidas por la aseguradora.

Es posible que en el algunos casos no se obtenga la póliza completa, por la negativa de la aseguradora a entregarla. En estos casos, sin embargo, se podrá adelantar la reclamación y, después, será viable solicitar al juez que conozca del caso que ordene a la aseguradora su exhibición en el proceso.

3. ¿Cómo saber si está a tiempo, para presentar la reclamación?

La prescripción

En la legislación comercial, está prevista la prescripción de las acciones derivadas del contrato de seguro. Se trata de términos de tiempo en los cuales el interesado debe ejercer las acciones en contra de la aseguradora, so pena de extinción de las mismas.

El tema de la prescripción en el contrato de seguros es complicado y todavía está sujeto a debates en la jurisprudencia y academia jurídica. En algunos casos, puede aplicar la prescripción extraordinaria de cinco años y, en otros, la ordinaria de dos años. Por esto, cada caso debe ser analizado, con el fin de determinar si usted se encuentra en término, para presentar la reclamación. En Velasco Abogados, hemos analizado algunos casos puntuales: 1) Si desea conocer sobre la prescripción en el seguro de responsabilidad civil, consulte aquí. 2) Si desea conocer con cuánto tiempo cuenta tiempo para ejercer la acción directa contra la aseguradora, consulte aquí.

La delimitación temporal de la cobertura

Es posible que la reclamación deba presentarse dentro de un periodo de tiempo determinado en la póliza, para que haya cobertura, debido a la incorporación de cláusulas que limitan la cobertura, según la fecha de presentación de la reclamación.

Estas cláusulas son conocidas como claims made y cláusulas en modalidad sunset. A pesar de que son consideradas como abusivas por muchos expertos en derecho de seguros, lo cierto es que se trata de una práctica válida en Colombia, pues la ley colombiana las permite.

Por esto, es conveniente revisar la póliza, para observar cuál es el término de prescripción aplicable y verificar si existe un periodo durante el que se debe presentar la reclamación, para que haya cobertura.

4. ¿Por qué es importante presentar una reclamación formal?

En la mayoría de los casos, es conveniente presentar una reclamación formal y directa frente a la aseguradora, en la que se le entreguen todas las pruebas disponibles que acrediten el siniestro y la cuantía. ¿Por qué sorprender a la aseguradora con una demanda si una buena reclamación puede facilitar acuerdos prejudiciales y acelerar el proceso?

Una buena reclamación no solo facilita la conciliación prejudicial con la aseguradora, sino que además debe probar el siniestro y la cuantía. La prueba del siniestro y de la cuantía de la pérdida hace viable solicitar judicialmente el reconocimiento de intereses moratorios, a la tasa máxima legal, sobre el valor de la indemnización probada, en el evento de que la aseguradora no honre las obligaciones que asumió.

Los intereses se calculan sobre el valor de la indemnización probada frente a la aseguradora y empiezan a correr, una vez se cumple un mes desde que se radique la reclamación con todos los soportes que acrediten la existencia del siniestro y de la cuantía de la pérdida.

Esto hará que el litigio se vuelva mucho más interesante para el reclamante y generará una mayor presión, para la aseguradora. En la práctica, la presentación de una buena reclamación permite que el  valor solicitado por el reclamante vaya aumentando con el paso de los días, como consecuencia de los intereses moratorios previstos en la ley colombiana.

Por lo anterior, presentar la reclamación formal y directa frente a la aseguradora siempre es buena idea, incluso, si implica revelar todas las cartas a la aseguradora desde un principio.

5. ¿Qué debe contener una reclamación formal?

La reclamación formal debe contener la identificación de los reclamantes, los hechos en que se fundamenta, las pretensiones de indemnización, los fundamentos de derecho y argumentación jurídica pertinente en cada caso, los datos de contacto y notificaciones, el poder si se actúa mediante apoderado y, lo más importante, todas las pruebas que acrediten el siniestro y la cuantía de la pérdida.

Frente a la ley, los procedimientos son los mismos y, en la mayoría de los casos, no existen límites ni exigencias sobre las pruebas que se pueden hacer valer. Sin embargo, en algunos casos, hay ciertas pruebas necesarias, como el registro civil de matrimonio, para probar el matrimonio o el registro civil de nacimiento, para probar el parentesco.

Es posible que la aseguradora tenga diseñado un procedimiento en particular y que solicite ciertos documentos.

Por esto, es conveniente seguir el procedimiento dispuesto por la aseguradora, siempre que esto no implique trabas innecesarias y dilatorias del proceso de pago de la indemnización.

6. ¿Qué hacer si la aseguradora se niega a pagar o no responde a la reclamación?

En Colombia, está consagrado y regulado el proceso ejecutivo, con base en la póliza de seguros, cuando la compañía de seguros no objeta la reclamación dentro del mes siguiente al recibido de los soportes o pruebas que acreditan el siniestro y la cuantía.

Sin embargo, creemos que el proceso ejecutivo es muy complicado para el reclamante, pues implica discusiones formales sobre el título ejecutivo y sus requisitos que distraen la atención sobre discusiones de fondo relativas a los hechos constitutivos de responsabilidad de la aseguradora. Por esto, salvo casos puntuales, creemos que es siempre más conveniente iniciar un proceso declarativo. Si desea saber más sobre el proceso ejecutivo, con base en una póliza de seguros, por objeción inoportuna, haga clic aquí.

Si la aseguradora objeta la reclamación, se deben evaluar las razones de la objeción, con el fin de determinar si está fundamentada. Se trata de una evaluación de la viabilidad de un proceso judicial frente a la aseguradora.

Además, en esta fase de la reclamación, son muy valiosas las gestiones de negociación que pueda realizar el interesado, para poder obtener un arreglo prejudicial.           En caso de que no se logre el acuerdo y haya pruebas y argumentos para demostrar la responsabilidad de la aseguradora en juicio, el interesado debe promover acciones legales.

Conciliación extrajudicial

Puede citar a conciliar a la aseguradora, con el fin de llegar a un acuerdo prejudicial. La conciliación se adelante frente a un tercero – conciliador-, quien propondrá fórmulas de arreglo y tendrá como objetivo que las partes pongan fin a la controversia, por sí mismas, sin necesidad de que acudan a la administración de justicia.

Si ha presentado antes la reclamación, la aseguradora ya conocerá su caso y puede que simplemente ratifique su posición en la audiencia de conciliación.

En asuntos civiles, la conciliación es requisito de procedibilidad para poder demandar. Sin embargo, no es necesaria, cuando el interesado solicite medidas cautelares en la demanda, según la ley procesal civil.

Promover proceso judicial

Si no se logra un acuerdo prejudicial con la aseguradora, solo queda promover un proceso judicial, con el objetivo de que el juez resuelva la controversia y declare la obligación de la aseguradora. Con el proceso judicial, se busca que la autoridad judicial competente, mediante sentencia, ordene a la aseguradora el cumplimiento de las obligaciones que adquirió, con la expedición de la póliza.

A lo largo del proceso y según las pruebas que se recauden, es posible llegar a construir un caso con tal fuerza que facilite un acuerdo de transacción o conciliación, antes de que el juez falle en primera o segunda instancia.

7. ¿Necesito de un abogado, para adelantar la reclamación?

No es necesario contar con abogado, para reclamar directamente a la aseguradora. Para esto, solo basta preguntar a la aseguradora qué documentos requiere y entregarlos, dejando constancia de entrega.

En las reclamaciones pequeñas, puede no necesitarse la intervención de un abogado. Sin embargo, en la mayoría de los casos, es conveniente consultar con un abogado, para preparar la reclamación.

Si el abogado tiene conocimiento de derecho de seguros y responsabilidad civil, podrá analizar su caso, con el fin de determinar la viabilidad de la reclamación. Además, podrá sustentar mucho mejor sus pretensiones y ayudarlo durante los periodos de negociación.

Para presentar la solicitud de conciliación en materia civil no es necesario contratar a un abogado, aunque puede ser conveniente. Si además de la aseguradora, usted va a citar a conciliar  a una entidad pública, la conciliación deberá adelantarse en la Procuraduría y usted requerirá, necesariamente, de un abogado.

Para iniciar el proceso judicial contra la aseguradora, usted requerirá abogado, salvo que se trate de una demanda ante un juez civil y el valor de la reclamación sea igual o menor a 40 SMMLV (artículo 25 del Código General del Proceso en concordancia con el artículo 28 del Decreto 196 de 1971). En este caso, el interesado puede litigar en causa propia.

¿Cómo podemos ayudarle si desea presentar una reclamación a una aseguradora?

Evaluamos su caso y le indicamos cómo puede reclamar sus derechos frente a una aseguradora. Ofrecemos asesoría y representación judicial en reclamaciones y demandadas en contra de aseguradoras. Defendemos los derechos e intereses de los asegurados y de los beneficiarios en todo tipo de seguros.

Seguros de daños.

Seguros de personas.

Seguros de vehículos de servicio particular y público.

Seguros de vida.

Seguros de vida grupo deudores.

Seguros de cumplimiento.

Seguros de bienes.

Seguros de incendio.

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